Miércoles, 16 Abril 2025

La norma amplia plazo para la presentación del Plan de Gestión Ambiental, establece obligaciones para empresas transformadoras, e incluye nuevas definiciones, entre otros.

Reciclaje empaques y envases 600/Pixabay

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS expidió la Resolución 1342 de 2020, “Por la cual se modifica la Resolución 1407 de 2018 y se toman otras determinaciones”.

La Resolución excluye del ámbito de aplicación lo siguiente:

  • Aquellos envases y empaques que correspondan a residuos peligrosos.
  • Residuos de envases y empaques de madera y fibras textiles o naturales, distintas a papel y cartón.
  • Empaques y envases de fármacos y medicamentos.

El documento adiciona definiciones para los términos aprovechamiento de residuos de envases y empaques, envase multimaterial, envase reutilizable (retornable) y reciclaje.

Adicionalmente se modifica el artículo 8 de la Resolución 1407 de 2018, en cuanto a lo relacionado con la presentación del plan y de informe de avance. Por lo cual, se establece que los productores existentes al 31 de diciembre de 2018 presentarán el Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques a más tardar el 31 de enero de 2021.

Además, que los productores creados a partir del 01 de enero de 2019 en adelante presentarán el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente al primer periodo fiscal de operación contado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

La norma también determina la eficiencia de retornabilidad (como un indicador cuantitativo) para los productores que tengan establecidos sistemas de envases y empaques retornables o que deseen establecerlos. De igual forma, informa los requisitos para que los productores puedan obtener la certificación de eficiencia de retornabilidad. En ese caso, podrá obtenerla bajo dos condiciones:

  1. Obtener una certificación de un Organismo acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC del sistema de retornabilidad de envases/empaques, bajo los parámetros establecidos por el gobierno nacional, que soporte las cifras sobre la eficiencia de retornabilidad.
  2. Cumplir con los requisitos del Anexo V Requisitos de verificación de Sistema de Retornabilidad (Incluido en la Resolución), junto con los respectivos soportes que allí se indican.

Por último, la reciente Resolución establece obligaciones del consumidor final como realizar la correcta separación en la fuente o entregarlos separados en puntos de recolección.

Consulte la norma aquí

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