Miércoles, 16 Abril 2025

El Tribunal Administrativo del Quindío ordenó a la CRQ descontaminar la quebrada El Cántaro, donde el Aeropuerto El Edén vierte sin tratamiento aguas negras en La Tebaida.

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Foto: fincasturisticasdelquindio.com

En fallo de primera instancia, el Tribunal Administrativo del Quindío ordenó a la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) y a la Aeronáutica Civil (Aerocivil) descontaminar la quebrada El Cántaro, aledaña al aeropuerto El Edén y que es sabido, desde el año 2000 ha sido receptora de los vertimientos de aguas residuales de la planta de tratamiento (PTAR) de la terminal aérea.

Tras la acción popular instaurada por el Procurador 34 judicial ambiental y agrario de Armenia, Carlos Alberto Arrieta Martínez, el Tribunal Administrativo comprobó que este impacto ambiental vulnera los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Textualmente señala la sentencia 112 de la Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo del Quindío, que: “con base en las causas expuestas por la Procuraduría en una acción popular, se ordena a las personas naturales y jurídicas dotarse de un sistema de tratamiento de aguas residuales por imposibilidad de conexión a red de alcantarillado público y de tramitar permiso de vertimiento ante la autoridad ambiental - competencia en materia ambiental de los aeropuertos nacionales e internacionales”.

Así las cosas, en la sentencia proferida esta semana, el Tribunal ha ordenado a la CRQ elaborar un Plan de Descontaminación de la quebrada receptora del vertimiento de aguas residuales de la PTAR en asocio con la Aeronáutica Civil, sin embargo, la CRQ anunció que apelará esta orden, porque según advirtieron no es función de ellos descontaminar, la ley les ordena hacer seguimiento y control.

“Es función de nosotros hacer control y seguimiento a que estos sistemas de tratamiento hagan la remoción de cargas contaminantes para que el agua que se vierte a la fuente hídrica no genere tanta contaminación, pero el Tribunal adicional a eso nos da obligaciones de hacer inversiones y eso no es competencia de nosotros”, dijo el director de la CRQ, José Manuel Cortes al diario El Tiempo.

Igualmente, el alto Tribunal del Quindío ordenó a la Aeronáutica Civil elaborar detallado estudio sobre el funcionamiento de la PTAR del aeropuerto El Edén, tramitar y obtener permiso de vertimientos de aguas residuales ante la autoridad ambiental regional y elaborar un programa de monitoreo de las corrientes, tramos o cuerpos de aguas receptoras de los vertimientos, debido a que hasta el momento El Edén de Armenia no cuenta con tal licencia de vertimientos.

Según se conoció, desde 2009 la Aeronáutica presentó la documentación para tramitar la solicitud del permiso, pero en varias ocasiones quedó incompleta hasta que en 2017, la CRQ declaró el desistimiento y ordenó archivar la solicitud del permiso para El Edén

La Aerocivil no se ha pronunciado aún sobre este fallo, sin embargo, funcionarios de la entidad explicaron a El Tiempo que “el impacto que se produce en la fuente hídrica no se encuentra demostrado y por ende no se cuenta con los elementos que permitan a las entidades conocer cuál es la carga contaminante o amenazas al ecosistema por el vertimiento de las aguas residuales del aeropuerto”.

El fallo también insta a actuar a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales –Anla- para que en un término razonable adopte las decisiones que haya lugar dentro de los procesos sancionatorios adelantados en contra de la Aeronáutica Civil por los hechos relacionados con el Aeropuerto El Edén.

Finalmente, el Tribunal convoca a la integración de un Comité de Verificación, que estará conformado por el procurador Judicial Delegado ante el Tribunal, quien lo presidirá; un delegado de la CRQ, un delegado de la Aeronáutica Civil y el procurador 34 Judicial Ambiental y Agrario de Armenia.

 

 

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