Miércoles, 23 Abril 2025
Tema: Recurso Marino Costero

Artículo 5, numeral 24 y 45: Ministerio regula conservación, preservación, uso y manejo; Artículo 18: INVEMAR 

Artículo 5 numeral 35: Hacer evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo ecológico y de los que puedan, incidir en la ocurrencia de desastres naturales y coordinar con las demás autoridades las acciones tendientes a prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus efectos;

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