El proyecto de resolución obligaría a hacer una solicitud de autorización y contar con el aval y reconocimiento de la Federación Colombiana de Deportes de Montaña y Escalada – FECDME-.

Nevado del Ruiz. / Foto: German Soler - Parques Nacionales
En fase de consulta pública, se encuentra un proyecto de resolución de Parques Nacionales, el cual tiene 5 artículos, en los cuales adopta los lineamientos técnicos para la reglamentación de los deportes de montaña y escalada dentro de las reservas de su jurisdicción.
El artículo segundo aclara que esas actividades sólo podrán realizarse en aquellas zonas definidas como de recreación general exterior, alta densidad de uso o histórico cultural. En el artículo tercero advierte que “la autorización para la realización de actividades de montaña y escalada que sean definidas en el ordenamiento ecoturístico de las áreas protegidas no exime el valor del derecho de ingreso reglamentado por la Resolución 152 de 2017”.
Sin embargo, de los lineamientos que se adoptan en la normatividad, se entiende que la idea es generalizar algunas de las normas de control que ya tienen algunos parques como Los Nevados y Farallones, entre otros.
En primer lugar, no cualquier persona podrá hacer estas actividades, sino que deben estar con el aval y reconocimiento de la Federación Colombiana de Deportes de Montaña y Escalada – FECDME-. De esta forma se podría tener una garantía de que las personas que entren con ese objetivo a los parques, tienen las competencias básicas para hacerlo.
De esta forma habrá una base de datos actualizada y de fácil consulta por parte de los funcionarios de Parques Nacionales. Posterior a ello, habrá una autorización de ingreso con esos fines a la reserva para “prever periodos de alta afluencia de montañistas y escaladores deportivos para tomar las medidas necesarias para su control, así como llevar un registro en tiempo real de la ocupación de distintas zonas del parque y la disponibilidad de cupos de acuerdo con la capacidad de carga de cada área protegida”.
Si usted quiere tramitar la autorización deberá hacerlo, mínimo, 30 días hábiles antes del ingreso al parque y deberá anexar la autorización de FECDME, itinerario, plan de riesgos y contingencias, identificación de los deportistas, la credencial de pertenecer a un club de montañismo o escalada y seguro de rescate.
Por último, los deportistas deberán ser responsables de “todo tipo de residuos generados por alimentos, ropa, plásticos, carpas, etc., deberán ser removidos del Parque y retornados al lugar de origen o punto más cercano que cuente con un plan de gestión”.