Sábado, 15 Marzo 2025

El alto tribunal decidió mantener las 5 condiciones para que se pueda asperjar con glifosato los cultivos ilícitos pero dijo que la última palabra la tiene ese consejo.

perio

Foto: Agencia de Periodismo Investigativo

Después de un debate muy apretado en la Corte Constitucional, en donde se avaluaba la petición del Gobierno de permitir las aspersiones con glifosato, finalmente los magistrados decidieron mantener los 5 requisitos que se establecieron en la sentencia T236 del 2017.

Los requisitos son:

1.Debe existir una investigación científica
2. Se debe crear una regulación
3.Incluir en el Consejo Nacional de Estupefacientes a un representante étnico
4. Fortalecer las consultas previas
5. Monitorear alertas

Sin embargo, la puerta que abre la aclaración de la Corte es que no se necesitan pruebas absolutas: “no equivale a demostrar, por una parte, que existe certeza absoluta e incuestionable sobre la ausencia de daño. Tampoco equivale a establecer que la ausencia de daño es absoluta o que la actividad no plantea ningún riesgo en absoluto”.

Por el contrario, lo que dice el comunicado del tribunal es que el Consejo Nacional de Estupefacientes deberá considerar y ponderar toda la evidencia científica y técnica disponible en lo que se refiere, por un lado, a la minimización de los riesgos para la salud y el medio ambiente, y, por otro, a la solución al problema de las drogas ilícitas.

“El Consejo Nacional de Estupefacientes debe tomar la decisión de reanudar la aspersión aérea con base en la sentencia T-236 de 2017, que no señala condiciones absolutas”, reitera la Corte en un trino.

El Consejo Nacional de Estupefacientes está conformado por:

•  El Ministro o el Viceministro de Justicia, quien lo presidirá.
•  El Ministro o el Viceministro de Salud.
•  El Ministro o Viceministro de Educación Nacional.
•  El Ministro o Viceministro de Agricultura.
• El Procurador General de la Nación o el Procurador Delegado para la Policía Judicial.
• El jefe del Departamento Administrativo de Seguridad o el jefe de la División de Policía Judicial del mismo.
• El Director General de la Policía Nacional o el Director de Policía Judicial e Investigación (DIJIN).
•  El Director de General de Aduanas o su delegado.
•  El jefe del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil o su delegado.

El glifosato regresa a la Corte Constitucional
Duque anuncia fumigación con herbicida, ministro de Defensa habla de glifosato
0
0
0
s2smodern