El trabajo de curtir pieles es uno de los más tradicionales e importantes económicamente en esos municipios, sin embargo, son reiteradas las denuncias de contaminación de aguas.

Imagen de referencia curtiembre en Cundinamarca. / Foto: archivo agenciadenoticias.unal.edu.co
Catorce6 conoció un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que podría generar un revuelo muy grande en las comunidades de los municipios de Chocontá y Villapinzón, toda vez que toca una de las actividades económicas más grandes que allí se desarrolla: la curtiembre.
Para entender el fallo que es consecuencia de un largo proceso judicial, es necesario mirar cuatro años atrás. En marzo de 2014 el Consejo de Estado le ordenó a la CAR que en menos de tres años construyera un parque ecoeficiente en esos municipios para desarrollar la actividad y hacer más fácil el control de descargas a los afluentes de la región. Así mismo le pidió a la Fiscalía que se controlen efectivamente las descargas que son ilegales, tanto en los dos municipios, como en el barrio San Benito de Bogotá.
Dos años y medio después, en septiembre de 2016, la magistrada ponente del fallo en primera instancia visitó la zona y no percibió mayores avances en las acciones para evitar la contaminación producida por la actividad en el Río Bogotá. Entonces decidió ordenar a los dos alcaldes que prohibieran el ingreso de cueros a sus municipios por parte de empresas diferentes a las que cuentan con permisos de vertimientos. También insistió en la necesidad del parque ecoeficiente.
El 27 de marzo de 2017 la justicia volvió a requerir a los alcaldes y a la CAR para que tomaran las medidas que la magistrada ya les había exigido un año antes y que no se habían tomado, pero sumó una petición a la Corporación para que suspendiera toda actividad de curtiembre que no tuviera el permiso de vertimientos.
Esta última fue acatada y el 13 de julio del año pasado, con acompañamiento del CTI de la Fiscalía, del Ejército y la Policía, la corporación cerró 31 curtiembres en Villapinzón y Chocontá por el vertimiento de contaminantes en la cuenca alta del Río Bogotá. En la operación se decomisó de manera definitiva 40 bultos de ácido sulfúrico, 15 motores eléctricos, 12 cuñetes de ácido fórmico, 2 motobombas y 6 canecas de polizing.
Sin embargo, el caso volvió a llegar a instancias judiciales porque el 9 de abril pasado los residentes de los municipios volvieron a pedir medidas urgentes de control para impedir el curtido ilegal de pieles porque nuevamente están afectados “soportando olores nauseabundos” e incluso dicen que en las veredas El Tablón y Agua Calientes es “prácticamente imposible residir por la alta contaminación que general la actividad”.
Todo esto llevó a que el Tribunal Administrativo concluyera que no se había cumplido ninguna de las órdenes impartidas por el Consejo de Estados desde hace más de cuatro años y tomó varias decisiones importantes en el caso.
En primer lugar, abrió un incidente de desacato contra los alcaldes de los dos municipios y además como medida cautelar ordenó suspender absolutamente todas las actividades de curtiembre, incluso las legales, hasta tanto no se de cumplimiento a las órdenes del contencioso administrativo en años pasados. Pero fue más allá y prohibió curtir cueros en sectores de Bogotá como el barrio San Benito.
Finalmente ordenó el decomiso de todos los cueros en las empresas ilegales y de aquellos que excedan la capacidad permitida en las empresas legales. El Tribunal volvió a insistir en la construcción del parque ecoeficiente.
Ni las empresas del sector, ni la Asociación Colombiana de Industriales del Calzado, El Cuero y sus Manufacturas, se han pronunciado aún frente al fallo del Tribunal.