Lunes, 14 Abril 2025

En las últimas horas, la Corte Constitucional ordenó que se levante la reserva que se había exigido dentro del Plan Nacional de Desarrollo. El alto tribunal alegó que la información debe ser usada “democráticamente” por poblaciones indígenas y afrodescendientes.

La Corte Constitucional, con una votación reñida 5-4, decidió en las últimas horas levantar la reserva que establecía el Plan de Desarrollo (PND) 2014-2018 para las zonas de minería estratégica, que son aquellos sitios que la ANM determina como prioritarios por encontrarse allí minerales de gran importancia, tanto por su valor como por su cantidad.

En su artículo 19, el PND señalaba hasta ayer que “la información geológica, geoquímica y geofísica que el Servicio Geológico Colombiano genere a partir de la declaratoria de las áreas estratégicas mineras por parte de la Autoridad Minera y que permita evaluar el potencial mineral de tales áreas tendrá el carácter de reservada”.

El ciudadano Wilson Rentería Riascos, actuando en nombre propio y en representación de la Veeduría Nacional de Comunidades Negras, demandó esta norma pidiendo que se publicara la información del Servicio Geológico Colombiano, con el fin de evaluar el potencial mineral de tales áreas.

El recurso fue acogido y con ponencia del magistrado Alberto Rojas, la Corte decidió darle la razón a Rentería, argumentando que las comunidades indígenas y afrodescendientes deben tener el derecho de conocer democráticamente toda la información para evaluar los impactos de esos proyectos en sus zonas de influencia.

En conversación con Catorce6, magistrados de la Corte Constitucional, quienes no pueden dar su nombre por no ser voceros autorizados del alto tribunal, reconocieron que existió una división grande por los argumentos válidos de ambas partes.

Por un lado, uno de los magistrados consultados por este medio, que votó a favor de levantar la reserva, aseguró que la medida beneficiará la seguridad porque si es pública, “las autoridades podrán estar pendientes de esas zonas y preparar la seguridad necesaria para evitar la llegada de ilegales a la zona que quieran explotar indebidamente los minerales, que afectan a la población y el medio ambiente”.

En el mismo sentido opinó Carlos Lozano, abogado y ambientalista de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente. En diálogo con Catorce6, aseguró que la decisión de la Corte “es positiva porque la información ambiental es un derecho, reconocido en la normatividad internacional, porque además es un tema de transparencia”.

Por otro lado, los cuatro magistrados que votaron en contra alegan que va a suceder todo lo contrario porque “en el momento en que los ilegales sepan los sitios donde hay minerales estratégicos para la Nación, van a llegar con su maquinaria ilegal a tratar de quedarse con un pedazo de la riqueza del subsuelo”.

Aunque la decisión ya fue tomada por el alto tribunal, la votación reñida demuestra que el debate seguirá abierto. Más en estos momentos, cuando el esfuerzo del Estado se ha concentrado en la lucha contra la minería ilegal en varios departamentos de Colombia.

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Foto: Cortesía Colprensa

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