Jueves, 24 Abril 2025
Aunque la problemática es de la más denunciadas en las principales ciudades del país, la nueva normatividad ha causado polémica por las facultades que tendrán los uniformados en zonas residenciales y de rumba para combatir la contaminación auditiva y visual.
 
En los próximos días quedará aprobado en último debate el nuevo Código de Policía que entrega más facultades a las autoridades para combatir todos los delitos: desde la pintura de un graffiti hasta intentos de homicidio o la minería ilegal. En materia ambiental contiene varios artículos, principalmente para luchar contra la contaminación auditiva y visual; precisamente estos últimos son los que más polémica han causado.
 
Catorce6 conoció el texto que contiene más de 300 artículos, que en su mayoría endurecen las sanciones a contravenciones menores. En el caso del ruido, el artículo 36 advierte que “Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo”. Esto último, en la práctica, significa que la Policía podrá “bajar los tacos de la luz en las casas” si sus residentes se niegan a adaptarse a un nivel prudente de ruido, según las propias palabras del autor del proyecto, el senador Germán Varón.
 
Distinto piensa uno de sus ponentes en la Cámara, Germán Navas, quien considera que esta y otras nuevas facultades podrían terminar en un exceso de poder y alega que “en el mundo entero se respeta el domicilio, eso es irnos a la época de las bárbaras dictaduras, es ilógico”.
 
Y es que, según la Secretaría de Ambiente de Bogotá, “dentro de la problemática de las grandes ciudades, el ruido es considerado uno de los impactos ambientales que más afectan a la población en forma directa, causando problemas auditivos y extra auditivos” y advierte que las fuentes fijas (entre ellas los establecimientos, los hogares y las propias viviendas) generan más del 40% de la contaminación de este tipo.
 
Sobre la contaminación visual, se describe, y allí está el cambio grande, como una acción que atenta contra el orden público el “escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales, tales como piedras y troncos de árbol, de propiedades públicas o privadas, leyendas, dibujos, grafitis”.
 
Los anteriores comportamientos podrían traer sanciones que van desde el arreglo estricto del inmueble afectado hasta multas. Lo mismo podría ocurrir para quienes fijen en la calle “propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas, sin el debido permiso o incumpliendo las condiciones establecidas en la normatividad vigente”. Ofensiva legal en Bogotá contra la puesta indiscriminada de vallas y afiches
 
Pero además se advierte que, en caso de no poder localizar al dueño directo de la publicidad exterior, las sanciones “podrán aplicarse al anunciante o a los dueños, arrendatarios o usuarios del inmueble que permitan la colocación de dicha publicidad.
 
 
 
 
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Sólo en los dos primeros meses de este año, las autoridades en Bogotá habían desmontado más de 7 mil vallas y pendones ilegales en la ciudad. Foto Cortesía Colprensa
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