Lunes, 28 Abril 2025

El representante a la Cámara, Ricardo Ferro, radicó un proyecto de ley que tipifica como maltrato animal la venta de aves de vuelo con penas de hasta 3 años de cárcel.

loromascotaFoto: pixabay.com

Según el autor, el maltrato animal se ve reflejado al tener a un animal en una jaula, y más aún cuando les hacen daño físico al cortarle las alas. “Por esta razón he radicado un proyecto de ley que prohíbe la cría, reproducción, comercialización y tenencia de aves de vuelo”.

Por eso, en las últimas horas radicó un proyecto de ley en el cual se tipifica como maltrato animal la comercialización de aves de vuelo con una sanción hasta de 36 meses de prisión a quien incurra en este delito. Mientras para la tenencia habrá un periodo de transición de 10 años. Eso quiere decir que la venta quedaría prohibida de inmediato pero que las personas que ya tengan ese tipo de mascotas tendrán una década para liberarlas.

En los artículos del proyecto se expresa que es prohibido el cautiverio de aves de Omato y Canora. Las primeras son aquellas que se comercializan para su cautiverio porque son apreciadas por sus cualidades estéticas; las segundas, las de Canora, son las que “el órgano vocal se desarrolla típicamente de tal manera que produce una canción de pájaro diversa y elaborada”. Es decir, no se podrán tener cotorras, pericos, entre otras.

Adicionalmente en el artículo 3 hay un parágrafo que exceptúa a los gansos, patos, piscos, gallinas, codornices, pavo real y pavas. El Gobierno tendrá que generar estímulos e incentivos para las personas que actualmente se dedican a la cría, reproducción y comercialización de los tipos de aves considerados en la prohibición.

 

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