Sábado, 15 Marzo 2025
Legales

Ningún adulto colombiano podrá tener una concentración de plomo mayor a 10 µg por decilitro en sangre

La ley prohíbe el uso, fabricación, importación o comercialización de artículos como juguetes y pinturas que contengan plomo en cualquiera de sus compuestos y exceda los 90 ppm