Lunes, 14 Abril 2025

El plazo máximo del régimen de transición para entrega de estudios ambientales con la nueva Metodología, será 9 meses después de que se levante la emergencia sanitaria en el país.

Paisaje Colombia 600/Pixabay

 

De acuerdo a la Resolución 0629 del 31 de julio de 2020, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible modificó el artículo 5 de la Resolución 1402 de 2018, referente al régimen de transición para la entrega de estudios Ambientales con la última Metodología General para la Elaboración de Estudios y Presentación de Estudios Ambientales.

La nueva norma aclara que, los estudios elaborados de acuerdo con la metodología adoptada mediante la Resolución 1503 de 2010 y que debían ser presentados antes del 2 de agosto de 2020, no se regirán por este último acto administrativo, siempre y cuando estos estudios se radiquen dentro de los nueve 9 meses siguientes a la fecha en que se levante la emergencia sanitaria en el país (término que será improrrogable).

No obstante, la norma indica que podrán ser radicados con posterioridad a la fecha anteriormente indicada, los estudios ambientales, cuyos proyectos, obras o actividades deban ser objeto de consulta previa y la misma no se haya podido realizar dentro del término previsto de la prórroga. Esta situación deberá ser notificada a la autoridad ambiental competente con la radicación del estudio ambiental que corresponda.

Consulte aquí la norma

0
0
0
s2smodern